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XENEX-GARROVILLANO

Respuestas de foro creadas

Viendo 14 entradas - de la 1 a la 14 (de un total de 14)
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  • en respuesta a: El PSOE de Garrovillas está de luto #110295

    Mi mas sentido pesame a su familia y a los Socialistas.

    En memoria de mi primo Jose Maria:

    Te Deum laudamus: te Dominum confitemur. Te aeternum patrem, omnis terra veneratur. Tibi omnes angeli, tibi caeli et universae potestates: tibi cherubim et seraphim, incessabili voce proclamant: Sanctus, Sanctus, Sanctus Dominus Deus Sabaoth. Pleni sunt caeli et terra majestatis gloriae tuae. Te gloriosus Apostolorum chorus, te prophetarum laudabilis numerus, te martyrum candidatus laudat exercitus. Te per orbem terrarum sancta confitetur Ecclesia, Patrem immensae maiestatis; venerandum tuum verum et unicum Filium; Sanctum quoque Paraclitum Spiritum. Tu rex gloriae, Christe. Tu Patris sempiternus es Filius. Tu, ad liberandum suscepturus hominem, non horruisti Virginis uterum. Tu, devicto mortis aculeo, aperuisti credentibus regna caelorum. Tu ad dexteram Dei sedes, in gloria Patris. Iudex crederis esse venturus. Te ergo quaesumus, tuis famulis subveni, quos pretioso sanguine redemisti. Aeterna fac cum sanctis tuis in gloria numerari. Salvum fac populum tuum, Domine, et benedic hereditati tuae. Et rege eos, et extolle illos usque in aeternum.. Per singulos dies benedicimus te; et laudamus nomen tuum in saeculum, et in saeculum saeculi. Dignare, Domine, die isto sine peccato nos custodire. Miserere nostri, Domine, miserere nostri. Fiat misericordia tua, Domine, super nos, quem ad modum speravimus in te. In te, Domine, speravi: non confundar in aeternum.Que en Paz descanseJulian.

    en respuesta a: El exterminio en Navas del Madroño #109724

    El libro titulado «Grarrovillas de Alconetar – 1930 – 1940, de Teofilo Dominguez Declara, en su pag. nº 316,  bajo el epigrafe de «Fusilamiento del cabo Julian Romero Hurtado» ,  se relata el testimonio de Florencio  Hurtado Rubio,  compañero de mi tio Julian, alias Regotron.

    Puede decirse que en lineas generales el relato es correcto. Tengo en mi poder todo el sumario

    Describo un certificado:

    Dona Cristina del Peso Crespos, Capitan Auditor, Secretario Relator del Tribuila Militar Territorial Primero de Madrid:

    CERTIFICO

    Que examinados los archivosd y antecedentes de este Tribunal, resulta que DON JULIAN ROMERO HURTADO, en meritos a la Causa nº 462, y en virtud de Sentencia de 24 de Junio de 1938, fue condenado a pena de Muerte como autor de uin delito de Adhesion a la Rebelion,  pena que se hizo efectiva el 11 de Enero de 1939, segun consta en el Ceretificado expedido por el Juez Municipal del Juzgado nº 3 y encargado del Registgro Civil del distrito de San Roman (Sevilla), sin que conste en la meritada Causa la fecha del minicio de su detencion o privacion de libertad.

    Se adjunta.copia testimoniada de la mentada resolucion judicial

    Y para que conste, expido el presentre en Madrid, a 25 de Mayo de 2011.

    Firmado.

    Hay que hacer notar que la Adhesioin a la Rebelion, se refiere nada mas y menos que abandonar las filas del ejercito rebelado y pasarse al Ejercito Republicano, pues la mayoria de lo integrante pertencian a la Juventudes Socialitas ju habian cumplido mya su servicio militar durante la Republica y fueron obligados a integrarse en el ejercito franquista.

    Tengo en mi poder toda la documentacion del caso.

    en respuesta a: El exterminio en Navas del Madroño #109723

    El libro titulado «Grarrovillas de Alconetar – 1930 – 1940, de Teofilo Dominguez Declara, en su pag. nº 316,  bajo el epigrafe de «Fusilamiento del cabo Julian Romero Hurtado» ,  se relata el testimonio de Florencio  Hurtado Rubio,  compañero de mi tio Julian, alias Regotron.

    Puede decirse que en lineas generales el relato es correcto. Tengo en mi poder todo el sumario

    Describo un certificado:

    Dona Cristina del Peso Crespos, Capitan Auditor, Secretario Relator del Tribuila Militar Territorial Primero de Madrid:

    CERTIFICO

    Que examinados los archivosd y antecedentes de este Tribunal, resulta que DON JULIAN ROMERO HURTADO, en meritos a la Causa nº 462, y en virtud de Sentencia de 24 de Junio de 1938, fue condenado a pena de Muerte como autor de uin delito de Adhesion a la Rebelion,  pena que se hizo efectiva el 11 de Enero de 1939, segun consta en el Ceretificado expedido por el Juez Municipal del Juzgado nº 3 y encargado del Registgro Civil del distrito de San Roman (Sevilla), sin que conste en la meritada Causa la fecha del minicio de su detencion o privacion de libertad.

    Se adjunta.copia testimoniada de la mentada resolucion judicial

    Y para que conste, expido el presentre en Madrid, a 25 de Mayo de 2011.

    Firmado.

    Hay que hacer notar que la Adhesioin a la Rebelion, se refiere nada mas y menos que abandonar las filas del ejercito rebelado y pasarse al Ejercito Republicano, pues la mayoria de lo integrante pertencian a la Juventudes Socialitas ju habian cumplido mya su servicio militar durante la Republica y fueron obligados a integrarse en el ejercito franquista.

    Tengo en mi poder toda la documentacion del caso.

    en respuesta a: Los Jiménez: de Garrovillas a Cáceres #108957

    Hola Cesar, soy Julian Jimenez autor de la entrevista para «Caceres todo un placer». Hijo de Teodoro Jimenez y nieto de Domiciano Jimenez,  ambos Sacristanes de las Iglesias de Santa Maria y San Pèdro de Garrovillas antes de su marcha a Caceres haya por los años 1939

    En primer lugar gracias por  hacerte eco de la noticia, que segun llamadas de la familia ha corrido como la polvora por el pueblo.

    Tengo que leerme bien el contenido porque contiene varias imprecisiones  y ordenarlo cronologicamente que no lo esta, pero en fin, fue una cosa rapida y no premeditada ni pormenorizada y de ahí estas deficiencias. No tuve conocimiento de como quedaria el articulo ni de cuando seria publicado.

    Me entere el domingo por la noche por un e-mail de mi buen amigo Pedro Cordero Alvarado, Heraldista extremeño de gran reputacion, que lo habia leido en el  Periodico de Extremadura.

    Un cordial saludo para todos los Garrovillanos.

     

    en respuesta a: A los que hoy brindarán con champán #108025

    PolíticaEl Tribunal Supremo ha contribuido al desarme del Estado ante la gran corrupción y el crimen organizadoAnálisis de Carlos Jiménez Villarejo: La condena de Garzón, entre la ignorancia y la ofensaCARLOS JIMÉNEZ VILLAREJO | 13/febrero/2012  La sentencia condenatoria a Baltasar Garzón es un paradigma de cómo el Tribunal Supremo (TS) puede quebrantar el principio constitucional de igualdad ante la Ley haciendo una aplicación forzada y excepcional del delito de prevaricación ante lo que no es más que un disentimiento, completamente legítimo, en la interpretación de las leyes. La consecuencia no es solo, como han dicho con acierto los fiscales progresistas una sanción “desproporcionada”, sino completamente injusta.Artículos relacionados 

    El TS, con su sentencia, ha contribuido al desarme del Estado Democrático ante la gran corrupción y el crimen organizado, que ya han logrado una gran victoria. La investigación de sus conductas delictivas tienenmás límites que nunca porque con el uso abusivo del derecho de defensa pueden impedir ser perseguidos. Basta, para darse cuenta, con releer el contenido del  auto del Juez Garzón en el que se inhibía de parte de la causa a favor de las Autoridades valencianas.

    Blanqueo de dinero El auto de 5 de Marzo de 2009  decía así sobre la trama Gürtel: ”Estas sociedades son de inversión especulativa cuyo objetivo es la búsqueda de la rentabilidad en operaciones inmobiliarias, sociedades patrimoniales que gestionan el patrimonio personal de Francisco Correa y empresas de gestión que prestan apoyo al resto de carácter administrativo o de organización de viajes. Sobre esta estructura nacional se superpuso una estructura internacional integrada por sociedades constituidas en Inglaterra y Holanda que participan en el capital de las sociedades patrimoniales constituidas en España. Dichas sociedades ubicadas en el exterior están participadas por entidades creadas en paraísos fiscales o territorios no cooperantes. De tal forma que este conglomerado permitía a la organización incorporar fondos a las sociedades patrimoniales ubicadas en España mediante las aportaciones de las sociedades radicadas en Inglaterra y Holanda enmascarándolo como ampliaciones de capital de aquéllas, si bien en realidad los fondos procedían de las sociedades matrices que se encuentran en las Antillas Holandesas, Islas del Canal u otros territorios offshore”.

    En el mismo sentido, con un acento específico en el delito de blanqueo de capitales, dicha  trama fue analizada por  el Juez Instructor  Pedreira del TSJM. Decía que es una constante de la investigación la referencia a “sociedades constituidas en Inglaterra y Holanda”, “participadas por entidades constituidas en paraísos fiscales”, las citas de flujos de capitales con las Antillas Holandesas, islas del Canal y otros territorios similares, y la participación a estos fines de “despachos de asesoramiento jurídico y fiscal especializados en la creación de estructuras fiduciarias opacas”.

    Las directivas europeas El TS, dominado por una petulancia y  retórica preocupante, parece ignorar que una semana antes de la admisión a trámite de la querella, exactamente el 27 de enero de 2010, el Juez Pedreira  había dictado un extenso y muy fundado auto por el que rechazaba los recursos de los imputados que reclamaban la nulidad de las intervenciones de las comunicaciones telefónicas entre los imputados presos y sus letrados,  escuchas acordadas casi un año antes por el Juez Garzón. Resolución que no solo desmontaba los interesados y tendenciosos argumentos de los implicados, sino que anticipa y destruye lo que una semana después van a ser las razones del TS para admitir la querella. Resolución que declara la plena licitud de las decisiones del juez Garzón de 19 de febrero y 20 y 27 de marzo del 2009 y acuerda la prórroga de dichas intervenciones  y la exclusión de las grabaciones que “se refieran en exclusiva a estrategias de defensa”. Porque está acreditado que antes de acordarse las intervenciones telefónicas ya había tres abogados y un asesor fiscal imputados, que “los letrados participan, con indicios sólidos, en los delitos que han cometido y siguen cometiendo los imputados en prisión” y, por tanto, “no se ha cometido ninguna arbitrariedad”. Era evidente que la decisión jurisdiccional del Juez Garzón era plenamente fundada y lícita. De lo expuesto, resulta evidente que, entre los delitos investigados, está el de blanqueo de capitales y la transferencia ilícita de los mismos hacia paraísos fiscales.

    La investigación de dichos delitos era y es inseparable de las disposiciones contenidas en las Directivas 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de octubre de 2005, complementada por la Directiva 2006/70, relativas a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales. En la primera de ellas, ya se hace referencia a la atención que debe prestarse a los letrados como profesionales sospechosos de cooperar en actividades de blanqueo. Directivas que inciden en el derecho de defensa, limitándolo, y que el TS ignora absolutamente con manifiesto incumplimiento del ordenamiento que está obligado a aplicar.

    Una interpretación legal Desde esta perspectiva, el TS ha llevado muy lejos el concepto de prevaricación hasta el punto de criminalizar una interpretación legal que es y será siempre no solo admisible en derecho sino exigible con arreglo a las circunstancias del caso. Y, desde luego, ante un fenómeno de crimen organizado, como el que estaba investigando, de las dimensiones expuestas, es  radicalmente falso que el juez Garzón, como dice el TS, actuara “solo desde su propia subjetividad” y que “acogiera un significado irracional de la norma” para así, deliberadamente, “vulnerar” el Estado de Derecho”.Nadie, con un criterio honrado y neutral, puede sostener  semejante tesis.

    Tan grave como lo ya expuesto es afirmar que el Juez Garzón  aplicó “prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios”. Debemos suponer que los magistrados se refieren a las prácticas dominantes en la dictadura franquista, por ser la más próxima y, debería suponerse, mas conocida. Dicha expresión encaja perfectamente en la definición de una falta grave del régimen disciplinario  de los magistrados: “La utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas”(Art. 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

    La alusión a las dictaduras Naturalmente, el CGPJ no va tomar ninguna iniciativa para abrir, al menos, diligencias informativas al TS como sí lo han hecho con el Juez de Instrucción de  Palma que instruye el caso Urdangarin. Pero resulta sobrecogedor que se suscriba esa afirmación por una Sala del TS y, particularmente, por el Juez Varela. Debe recordarse que éste, en el Auto de 3/2/2010, de penoso recuerdo, en el proceso por los crímenes del franquismo, justificó “la extensa inhibición judicial” ante dichos crímenes, llegando a alabar la “encomiable sensibilidad” de la magistratura española ante los mismos.

    Ello nos obliga a unas precisiones. Los jueces y fiscales colaboraron activamente con los sublevados en 1936, interviniendo en los Consejos de Guerra hasta 1943 y en  todos los Tribunales represivos, incluido el Tribunal de Orden Público hasta 1976. Conocieron y consintieron las vejaciones, persecuciones y atropellos cometidos contra la oposición democrática. Nunca, salvo limitadísimas excepciones, persiguieron  a los cuerpos represivos por la práctica sistemática de la tortura a miles de  detenidos gubernativos y menos aún si procedían de la Brigada Social. Y, señores magistrados, los Consejos de Guerra no necesitaban autorizaciones judiciales para intervenir comunicaciones telefónicas. Cuando  se implantó el TOP, la policía política siempre encontraba un juez dispuesto a autorizarla con un impreso carente de motivación, además de cuando resultaba innecesaria durante los largos estados de excepción. Realidad que, envueltos en sus togas, parecen desconocer. Y así hasta 1976.

    Por todo ello, resulta innecesaria e injustificadamente ofensivo establecer la más mínima equiparación entre los Autos del Juez Garzón y la actuación de los jueces al servicio del fascismo. Ello obliga a rescatar y proclamar públicamente la dignidad  democrática del Juez Garzón y la plena conformidad con las garantías y derechos democráticos de todas sus resoluciones.

    Condicionamientos políticos y económicos Cuánta razón tenía el Juez Garzón cuando en 2003, en el prólogo de una obra de la ex Juez francesa Eva Joly, expresaba su preocupación porque el poder judicial no   se hallara “mediatizado por el poder político ni comprado por el económico y sin temor a ser censurado o sancionado por el propio gobierno de los jueces”[1].No podía imaginarse que, finalmente,  un poder judicial, condicionado política y económicamente, acabaría con su condición de servidor de la Justicia. Pero, lo cierto es que, a causa de esta sentencia, el TS estará aún más alejado del pueblo soberano y de sus aspiraciones de justicia.

    Carlos Jiménez Villarejo es jurista y ex fiscal Anticorrupción

    [1]La obra es ¿Queremos realmente vivir en un mundo así¿.Editorial Foca.Eva Joly fue Instructora del caso de corrupción relacionado con la petrolera Elf.Estuvo constantemente intimidada y amenazada de muerte.

    en respuesta a: A los que hoy brindarán con champán #108022

    Es muy posible que el «correctivo al Sr. Garzon se justo», pero, yo creo que deberiamos reflexionar un poco.

    Los componentes del Tribunal que lo han juzgado no puede decirse que sean unos imparciales. Tienen unas ordenes muy precisas para quirarse de enmedio un estorbo para sus planes, como es el Sr.. Garzon.

    Lo que menos les importa es el llamado «delito» que pudiera haber cometido, hubieran buscado otra historia que chacarle. No solo les estorba en el tema de la trama Gurtel, sino mas hondamente, el asunto de la Memoria Historica y las Victimas del franquismo.

    Les voy a dar una referencia que pueden consultar  en la red: Sabado, 11 de Febrero de 2011.  «La ONU pide a España derogar la Ley de amnistia de 1977. Imcumple la normativa Internacional en materia de Derechos Humanos» — » España esta obligada, bajo la Ley Internacional, a inmvestigar las graves violaciones de los Derechos Humanos, incluidas las cometidas durante el regimen de Franco y a procesar y castigar a los resposables si todavia estan vivos» , ha afirmado Colville, durante una rueda de prensa en Ginebra. Ademas, segun la Oficina de Derechos Humanos de la ONU, existe un deber hacia las victimas, que «tienen derecho de reparacion»».

    Veremos como evoluviona todo esto.

    Un cordial saludo.

     

     

    en respuesta a: Antes después Rajoy #107987

    Prometer hasta meter, un vez metido, nada de lo prometido. Se ve muy bien que hay dos Españas. La de los de siempre, anclada en el pasado, inamovible, como dios manda. ¿ que dios? Otra, la que aspira a estar y ser parte del mundo civilizado, de nuestro tiempo moderno, sin ataduras con el pasado. Yo, por mi edad, por desgracia sufri la primera durante muchos años. Pienso yo si seria el mismo si no hubiera sucedido el paron en la Historia de nuestra España. Claro que no seria yo solo el que seria diferente, sino todos. No digo si seria mejor, no lo se, pero si muy diferente. Seguiremos luchando para que sea verdad.

     Ha proposito de esta noticia esperanzadora para las familias de las «17 Rosas Sevillanas», y de lo cual puedo decir !Ya era hora ¡.

    No debemos olvidar que personas de Garrovillas hay enterradas en fosas comunes, tanbien en Sevilla.

    Me referiero, sin querer dejar a nadie en el olvido, no se de nadie mas, que mi Tio, Julian Romero Hurtado, alias «Regotron», nacido en Garrovillas el 18 de Octubre de 1913, fue fusilado en la tapia derecha del Cementerio de San Fernando de Sevilla, el dia 11 de Enero de 1939, condenado a muerte en Consejo de Guerra, Causa 462/37, acusado de Rebeñlion Militar, al intentar pasarse a las Lineas Republicanas, en en frente de Carabanchel Bajo, cerca del Cerro de los Angeles, Madrid, el 13 de Abril de 1937, junto, tambien con otro Garrovillano, Florencio Hurtado Rubio, condenado a cadena perpetua, que no la cumplio,. Ambos vienen reflejados en el libro del Sr. Teofilo Dominguez Declara, , «Garrovillas de Alconetar 1930-1940», Pag. 316, cuando se refiere al «Fusilamiento del Cabo Julian Romero Hurtado».

    Tengo una amplia docucmentacion sobre el tema.

    Gracias al Escritor, D.. Jose Diaz Arriaza, con el que tenido contacto por su nuevo libro «»Sevilla. Un rojo Amanecer» -El Cementerio  de San Fernando de Sevilla durante la guerra civil y la posguerra» , al parecer, y con bastante probabilidad, mi Tio Julian este enterrado en la fosa comun denomoinada de «El Monumento», por los datos extraidos de sus investigaciones, sobre donde enterraron a los fusilados en esos dias.

    Si nada lo impide, visitare dicho lugar a finales de Febrero o primero de Marzo, para hacerle un homenage en nombre de la Familia-

    Quisiera hacer un llamamiento, de si alguna persona, mayor por supuesto, o descendientes, que tuvieran alguna noticia sobre mi Tio, sobre todo alguna fotografia de la epoca, que es muy posible, pues al parecer tuvo una novia, antes y durante el tiempo que estuvo en el Ejercito.

    Gracias a todos por su atencio.

    xenexgarrovillano.

     

    en respuesta a: Gracias a XENEX-GARROVILLANO #107683

    Sr. Wifredo, gracias por su agradecimiento. Espero que sepa disculparme al colocar las fotos en el lugar indebido: en las fotos de color en vez de las de B/N. Si puede colocarlas en su lugar, se lo agradeceria. Errar es de humanos. Lo siento. Un cordial saludo. xenex

    en respuesta a: 75 Aniversario de la guerra civil española #107678

    ¡Con la Iglesia hemos topado, amigo Sancho!

    en respuesta a: 75 Aniversario de la guerra civil española #107676

    Efectivamente, esta realidad tiene dos facetas perfectamentes diferenciadas: Una de ellas era la de un Gobierno, Republicano, legalmente constituido por votacion popular y aceptado por Naciones Unidas.
    La otra cara, la del Fascismo, liderados por militares desleales que Juraron defender la Republica y no dudaron en traicionar sus juramentos sagrados, la Iglesia acomodaticia a las prebendas, y las clases acomodadas que veian peligrar sus privilegios, que me imagino que son los que llamas «todo español de bien» .
    Lo siento, pero debo decirte que en el Sumario del Juicio al que fue sometido mi Tio Julian, y que tengo entre mis manos, la acusacion principal fue la de querer pasarse al «enemigo, los Republicanos» y por pertenecer a las Juventudes Socialistas, entidad legalmente constituida.
    Pero resulta que eran ellos los «Enemigos del Pueblo, al alzarse contra el Pueblo en armas».
    Yo si he sufrido la Dictadura. Creo que yo no seria el mismo, al igual que muchos otros, si el parentesis impuesto por la Dictadura, no hubiera ocurrido.
    Mas de 40 años de miseria y retraso, respecto al resto de Europa, no se superan facilmente.
    Ni se olvidan por real decreto ley.
    Mis Padres tuvieron que emigrar de Garrovillas, yo de Caceres, como tantos y tantos que todos conocemos y que de seguro tendremos algun familiar emigrado.
    Tuve que trabajar duro, lejos de mi Tierra, primero para sobrevivir, luego para que mis hijos tuvieran un mejor porvernir: Uno, Doctor Ingeniero en Electronica, Profesor de UAB e Investigador en Nanotecnologia; otro, Ingeniero Quimico y Profesor de Tecnologia en el IES Marina:el otro, Tecnico en Administracion de Empresa, en una importante Empresa Catalana.
    Nada de todo esto nos ha sido dado. Ha sido fruto de nuestro trabajo y afan de superacion.
    Nada le debemos al «Regimen» anterior que algunos tanto añoran.
    Lo siento, pero esta es mi posicion, y a mis años, ya no voy a variar.
    Un cordial saludo.
    xenex

    en respuesta a: 75 Aniversario de la guerra civil española #107674

    Quiero destacar, por una ominion involuntaria, que mi Tio, Julian Romero Hurtado, era conocido con el alias de «Regotron».
    En el Libro escrito por el Sr. Teofilo Dominguez Declara, «Garrovillas de Alonetar 1930 – 1940″ (La Republica y la Guerra Civil)»,en su pag. nº 316 narra,en una entrevista realizada al Sr. Florencio Hurtado Rubio, el «Fusilamiento del Cabo Julian Romero Hurtado»
    El Sr. Florencio era paisano y amigo personal de mi Tio Julian.
    En este libro no solo hace referencia a mi Tio Julian, sino que tambien aparece el nombre de mi Madre, Mercedes Romero Hurtado, en la pag. 418, con el nº 143.- «donando»? «Una gargantilla con colgante, un roseton, alfiler y un anillo» de oro. Total: 14,7o gramos de oro.
    Amen del resto de mi familia y conocidos que resuenan por todo el libro.
    Quiero, con estas palabras, rendir un sentido homenage a todas las personas que dieron sus vidas por la Legitimidad de la Republica Española.
    Un cordial saludo.
    xenex

    en respuesta a: 75 Aniversario de la guerra civil española #107673

    18 de Julio de 1939.- Cumpliendo su servicio, estaba mi Tio Julian Romero Hurtado, natural de Garrovillas de Alconetar, nacido en 1913, en el Regimiento Infanteria de Argel nº 21, en la ciudad de Caceres, cuando se produjo el Levantamiento Militar.Los militares sublevados se hicieron con el mando de la Guarnicion con todos los soldados incluidos.Ese mismo dia, fueron promulgados varios Decretos firmados por el Presidente de la Republica, por el quedaban licenciados todos los militares de leva y hechados del Ejercito todos los Oficiales sublevados.Una parte de los soldados de la guarnicion de Caceres fueron enviados al frente, concretamente a Carabanchel Bajo, para participar en la que fue llamada la «Batalla de Madrid».Entre ellos estaba mi Tio Julian.Las batallas  en esta zona fueron encarnizadas, muriendo muchas personas.Ante esta situacion, un grupo de soldados pertenecientes al Regimiento Infanteria Argel nº 27, entre los que se encontraba mi Tio Julian, que era Cabo, y que se puso al frente del grupo, con el objeto de pasarse a las filas combatientes Republicanas y terminar asi con el martirio de tener que matar a sus propios compañeros, obligados por los mandos del sublevado ejercito.El dia 13 de Abril de 1937, era el dia de ejecutar el plan preestablecido entre todos los implicados, pero el chivatazo de uno de ellos a los oficiales del bando «nacional» trunco el plan, siendo hecho prisioneros y encarcelados.Posteriomente fueron sometidos a un Juicio Sumarisimo Ordinario, Causa 462/1937.El resultado del mismo fue: 10 condenados a muerte, entre ellos mi Tio Julian, como Cabecilla, por Rebelion Militar. Los otros 5, fueron condenados a Cadena Perpetua, por cooperantes.Fueron encarcelados en la Prision de Partido-Talavera de la Reina, Toledo, y posteriormente en la Prision Provincial de Sevilla.El 11 de Enero de 1939, fueron fusilados en las Tapias del Cementerio de San Fernando de Sevilla.No ha quedado constancia del lugar de enterramiento, por lo que se supone que deben estar en alguna fosa comun,no identificada,de dicho Cementerio.Los condenados a Prision Perpetua, fueron trasladados  al Penal de Santa Maria, Cadiz.Posteriormente, fueron puestos en libertad en diferentes fechas.Esta es la realidad, no una opinion, de los hechos acaecidos.Si algun  Historiador de Garrovillas, que me consta que los hay, esta interesado por el tema, puedo poner a su disposicion todo el material reunido tras un año de investigacion, y remitidos por Estamentos Oficiales, como Archivos Historicos, tanto Civiles como Militares,de la Junta de Andalucia y de la inestimable ayuda de las Asociaciones de la Memoria Historica que me han ayudado a culminar este empeño: Desvelar que le paso a mi Tio, Julian Romero Hurtado. En su Memoria.Un cordial saludo.xenex

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