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¡Explora, conecta y disfruta de nuestra rica historia visual!La guerra de las ventanas
cesar | 08-02-2011 | 4308
Desde el año 2007
La Audiencia guarda la tradición inmemorial de los balcones de la Plaza de Garrovillas
Trece familias han pleiteado para seguir disfrutando de cuatro balcones ubicados en una casa que no es suya, desde los que pueden ver los toros, según una escritura de 1870
La localidad de Garrovillas de Alconétar tiene una gran plaza, que algunos consideran que está entre las más hermosas de España. Desde tiempo inmemorial las casas de esta plaza se pueden vender pero reservándose el derecho de utilizar los balcones para ver los festejos taurinos.
Debido a esa costumbre, los propietarios de algunas casas de la Plaza abren sus puertas a otras familias que se adueñan de sus balcones durante los festejos y no pueden decir nada.
Candado a los mirones
Desde hace muchos años varias familias de Garrovillas utilizaban de esa manera cuatro balcones que se encuentra en los números 4-5 de la Plaza de la Constitución, que así se llama la famosa plaza. En el año 1995 compró la vivienda un matrimonio que parece que no veían con buen gusto el tener que abrir su casa a extraños en la fiestas para que momentáneamente se hicieran propietarios de parte de la vivienda.
El matrimonio se quejaba de que a la casa entraba bastante más gente de la debida y que no se guardaba el debido decoro. Se cansó y en el año 2001 impidió el paso a los ‘mirones’ al colocar un candado. Empezó a exigir una prueba escrita a la gente que señalara que ellos tenían derecho a vista desde su casa.
Las familias que ocupaban los cuatro balcones han pleiteado reivindicando su derecho de garrovillanos. Alrededor de 25 familias de Garrovillas se han visto implicadas en este contencioso.
Balcones polémicos
En un principio el Juzgado de Primera Instancia de Cáceres que vio el asunto dio la razón al propietario de la casa, pero los usuarios de los balcones acudieron a la Audiencia Provincial y aquí se ha salvaguardado la costumbre inmemorial de los balcones de Garrovillas.
Se ha comprobado que la casa en cuestión fue propiedad en el siglo XIX de Juliana Gutiérrez Monje que murió en el año 1870. En la escritura pública de adjudicación de bienes de esta mujer figura que la casa queda en propiedad de su hija Josefa Gutiérrez Jiménez, pero las cuatro ventanas que miran hacia la Plaza Mayor quedan proindiviso y mancomunadas a favor de sus cinco hijos, para ver las funciones públicas que se realicen en la Plaza, ya sean toros o de otro género.
Árbol genealógico
En los tribunales se ha estudiado el árbol genealógico de los cinco hermanos para ver quiénes tienen derecho a las vistas, y también las tasas pagadas al Ayuntamiento, que saca sus beneficios de esta costumbre ya que tiene una tasa por los derechos de vistas. También se ha tenido que explicar la procedencia de su derecho, es que es hereditario.
Los que pueden entrar
La Audiencia Provincial indica en la sentencia que los propietarios de la casa de los cuatro balcones tienen que permitir el acceso a su casa a las siguientes personas que son miembros de la comunidad de bienes de herederos de Doña Juliana Gutiérrez Monje: Herederos de Don Demetrio Durán Sánchez; Don José González Sánchez; las herederas de Don Jacinto Escalera Durán: Doña Natalia y Doña Julia Escalera Gómez; la heredera de Don Anselmo Durán Sánchez: Doña Gregoria Durán Domínguez; Doña María Sagrario Lerma Julián; Doña Rosa García Escalera; Don Ramón Prieto Julián; Don Manuel Vecino Gómez; Don Julián Flores Escalera; Don Valentín Flores Escalera; Don Primitivo García Escalera; Don Pedro Flores Escalera y también a Don Vidal Durán Durán.
La Audiencia condena a los propietarios de la casa a permitir el acceso de los anteriores a los balcones, «con el objeto de presenciar los espectáculos que se celebren en las fiestas locales de Garrovillas, prohibiéndoles la ejecución de actos que impidan u obstaculicen el libre ejercicio de dicho derecho».
Fuente: http://www.hoy.es/prensa/20070905/caceres/audiencia-guarda-tradicion-inmemorial_20070905.html
esta señora dª josefa
esta señora dª josefa sanchez no es propietaria de una casa sino de una tercera parte de la casa polemica la cual esta sin dividir y no sabe cual es su parte de la casa y cuando la compro ya sabia k tenia esa carga de derecho de vistas por eso no puede dejar de pasar a esta gente por k ademas de decirlo una sentencia firme la casa no es suya es de otros dos propietarios k no les importa k pase la gente entre otras cosas pork no tienen k entrar por casa ninguna la escalera esta en la puerta
Ampliación de la noticia
Renuncian al derecho ‘a vistas’ de Garrovillas por un euro.
Ha sido un final feliz. Las buenas relaciones entre vecinos ha conseguido que una disputa en los tribunales concluya con un abrazo entre los representantes de las dos partes.
Esta mañana, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Cáceres, tuvo lugar un peculiar juicio para dirimir sobre el derecho de unos vecinos de Garrovillas a ver las fiestas de los toros de agosto desde las ventanas de una casa que no es la suya. Es un derecho inusual, que se trasmite a los largo de los siglos, y que según algunos juristas sólo está vigente en esta localidad extrémeña y en Valladolid. El derecho ‘a vistas’ de Garrovillas se circunscribe a las casas de la Plaza Mayor, en donde las viviendas eran vendidas pero con la cláusula de que el primer propietario y sus herederos siguieran teniendo derecho a ver los toros desde las ventanas y los balcones.
Este derecho se había convertido en algunas ocasiones en un abuso, ya que entraban en algunas casas hasta 25 personas no relacionadas con los propietarios actuales, que entraban y salían de la vivienda a cualquier hora del día o de la noche, con la consiguiente algarabía y el uso de servicios.
En el caso concreto que hoy llegó a los tribunales, se trata de una casa en la que vive una mujer de 86 años desde 1968, cuyos hijos se habían negado hace ya varios años a que entrara nadie con derecho ‘a vistas’ ya que su madre sufría crisis nerviosas. El derecho a ‘vistas’ lo podían disfrutar los tres hijos del antiguo propietario con sus familias, y denunciaron a la propietaria de la casa.
Esta mañana las dos partes llegaron a un entendimiento ante numerosos periodistas que se han ocupado de este caso desde que el pasado 4 de febrero lo diera a conocer HOY. Los hermanos que tienen derecho a las vistas de las cuatro ventanas de la casa, han vendido este derecho por el precio simbólico de un euro. Al terminar el juicio uno de los tres hermanos, Fernando Gómez se abrazó con Antonia Domínguez, hija de la mujer de 86 años. Fernando Gómez señalaba que habían decidido vender su derecho por solo un euro «por las buenas relaciones que han tenido nuestras familias».
http://www.hoy.es/20110208/local/caceres/renuncian-derecho-vistas-garrovillas-201102081437.html
No lo entiendo bien, yo se
No lo entiendo bien, yo se que hay ventanas que se pagan mas de 100 euros por subir solo los 5 días de toros, no cuando quiere cada uno y solo a la hora de la vaquilla y del toro. Se sacan un sueldecito en solo 5 días y aquí se habla de que solo pagan un euro.
Si voy mal corregirme
El tema esta en que los antiguos propietarios de de las casas de la Plaza cuando vendían sus casas, las vendían con la salvedad de que podrían subir a sus ventanas en los días de los toros o alquilarlas. Eso supone a los actuales propietarios un perjuicio ya que tienen a gente desconocida correteando por sus casas en la semana de toros.
ES UN DERECHO
Derecho de servidumbre personal de vistas o balcón. Servidumbre que tiene por objeto el presenciar los espectáculos que se celebren en las fiestas locales del pueblo. Costumbre existente en la localidad para presenciar espectáculos taurinos que se celebran en la plaza porticada (desde los balcones existentes en las viviendas sitas en la misma), sin que los beneficiarios fueran propietarios ni poosedores de ellas.
Este derecho de uso se configura como una servidumbre personal que encuentra amparo legal en el art. 531 del Código Civil cuando dispone que también pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca a la finca gravada, y que ha sido reconocida expresamente por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, como derecho concedido a una persona y a sus descendientes de ocupar determinadas ventanas de una casa para presenciar los festejos locales.
Fuente: Audiencia Provincial de Cáceres. sala de lo civil-penal. Sentencia 12592/2004, de 20 de septiembre.
es una pasada
lo he vivido en primera plana durante muchos años y es una pasada.La gente abusa de todo.No se quieren dar cuenta de que van a una ventana en la que tres personas ya se estan estorbando, y sin embargo se meten cinco, ocho, doce… entre familiares de uno, de otro, amigos, la mujer del amigo del otro…Y lo peor no es que quede todo lleno de mierda, sino que quieren utilizar el servicio de la casa, y el tener que dejar la puerta de la casa abierta para que suban y bajen cuando quieran,y quien deja la casa abierta sin un portero para ver quien entra y quien sale?. Menos mal que siempre hay gente que lo entiende y sin problemas con ellos, pero siempre hay alguno ( que normalmente siempre es el que menos tiene que ver) que rompe la armonia.
la guerra de las ventanas en canal extremadura
https://www.youtube.com/embed/jmYMzEE-leQ?rel=0
la guerra de las ventanas en gente
https://www.youtube.com/embed/H1FEAVWoTq0?rel=0
la guerra de las ventanas en España directo