Vale “papi”. Pero sigo sin apreciar la diferencia con lo que dice cañita.
“2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores………………”
¿Quién es el que dice dónde acaban las libertades de uno y empiezan las de los otros? .No seré yo.
Que cada uno sea responsable de sus palabras. Alguno…………….. hasta resultará prisionero.