Mantente siempre al día con las últimas novedades de Garrovillas de Alconétar y accede al catálogo completo de fotografías en Alkonetara.

¡Explora, conecta y disfruta de nuestra rica historia visual!
Inicio » Generales » El político

la constitucion europea

Garrovillas de Alconétar Foros Generales El político la constitucion europea

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #476
    Wifredo
    Superadministrador

    Constitución Europea Parte I

    Título I: DE LA DEFINICIÓN Y LOS OBJETIVOS DE LA UNIÓN

    Artículo I-1

    Creación de la Unión

    1. La presente Constitución, que nace de la voluntad de los ciudadanos y de los Estados de

    Europa de construir un futuro común, crea la Unión Europea, a la que los Estados miembros atribuyen competencias para alcanzar sus objetivos comunes. La Unión coordinará las políticas de los Estados miembros encaminadas a lograr dichos objetivos y ejercerá, de modo comunitario, las competencias que éstos le atribuyan.

    2. La Unión está abierta a todos los Estados europeos que respeten sus valores y se

    comprometan a promoverlos en común.

    Artículo I-2

    Valores de la Unión

    La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres.

    Artículo I-3

    Objetivos de la Unión

    1. La Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.

    2. La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras

    interiores y un mercado interior en el que la competencia sea libre y no esté falseada.

    3. La Unión obrará en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento

    económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. Asimismo, promoverá el progreso científico y técnico.

    La Unión combatirá la exclusión social y la discriminación y fomentará la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad entre las generaciones y la protección de los derechos del niño.

    La Unión fomentará la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros.

    La Unión respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo.

    4. En sus relaciones con el resto del mundo, la Unión afirmará y promoverá sus valores e

    intereses. Contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre y justo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos, especialmente los derechos del niño, así como al estricto respeto y al desarrollo del Derecho internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas.

    5. La Unión perseguirá sus objetivos por los medios apropiados, de acuerdo con las

    competencias que se le atribuyen en la Constitución.

    #101766
    D Dotoljoskin
    Participante

    Constitución Europea Artículo 4

    Parte I >Titulo I >

    Libertades fundamentales y no discriminación

    1. La Unión garantizará en su interior la libre circulación de personas, servicios, mercancías y

    capitales y la libertad de establecimiento, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución.

    2. En el ámbito de aplicación de la Constitución, y sin perjuicio de sus disposiciones

    particulares, se prohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad.

    Constitución Europea Artículo 5

    Parte I >Titulo I >

    Relaciones entre la Unión y los Estados miembros

    1. La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros ante la Constitución, así como su

    identidad nacional, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional.

    2. Conforme al principio de cooperación leal, la Unión y los Estados miembros se respetarán y

    asistirán mutuamente en el cumplimiento de las misiones derivadas de la Constitución.

    Los Estados miembros adoptarán todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Constitución o resultantes de los actos de las instituciones de la Unión.

    Los Estados miembros ayudarán a la Unión en el cumplimiento de su misión y se abstendrán de toda medida que pueda poner en peligro la consecución de los objetivos de la Unión.

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.

Mantente siempre al día con las últimas novedades de Garrovillas de Alconétar y accede al catálogo completo de fotografías en Alkonetara.

¡Explora, conecta y disfruta de nuestra rica historia visual!